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AYUDAS DE COMEDOR PARA EL CURSO 2018-2019

BENEFICIARIOS:

Alumnos/as escolarizados en Infantil, Primaria y Secundaria (desde 3 años hasta 4º de las ESO del próximo curso) y cuya renta familiar durante el año 2017 no supere los módulos económicos que se señalan a continuación:

becas-comedorFamilias de dos miembros: 24.089,00 euros

Familias de tres miembros: 32.697,00 euros

Familias de cuatro miembros: 38.831,00 euros

Familias de cinco miembros: 43.402,00 euros

Familias de seis miembros: 46.853,00euros

Familias de siete miembros: 50.267,00euros

Familias de ocho miembros: 53.665,00 euros

A partir del octavo miembro, se deberán añadir 3.391 euros, por cada nuevo miembro computable.

→La no presentación ante la Administración tributaria de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por parte de alguno de los miembros de la unidad familiar que estén obligados según la legislación vigente, será motivo de denegación de la ayuda.

La acreditación de los datos económicos de los solicitantes será recabada por la Consellería con competencias en materia de Educación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de forma telemática.

Son miembros computables de la unidad familiar, siempre que convivan en el domicilio familiar:

      El padre y la madre.

      El/la alumno/a.

      Hermanos/hermanas menores de 26 años o mayores de dicha edad cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 33% que convivan en el mismo domicilio y siempre que no perciban ningún tipo de ingresos.

      En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la ayuda, pero sí el nuevo cónyuge o persona unida que se encuentre legalizada su situación como pareja de hecho.

      En el caso de custodia compartida, se considerarán miembros de la unidad familiar aquéllos que convivan en el domicilio en que se encuentre empadronado el alumno, para ello deberá presentar acuerdo o resolución por la que se establece el régimen de custodia compartida y certificado de empadronamiento.

LA JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR SE EFECTUARÁ MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LA COPIA COMPULSADA DEL LIBRO DE FAMILIA.

CIRCUNSTANCIAS SOCIO-FAMILIARES:

PARA OBTENER PUNTOS CUALQUIER CIRCUNSTANCIA SOCIO-FAMILIAR TIENE QUE ESTAR DEBIDAMENTE JUSTIFICADA.

      Situación de desocupación o paro laboral del padre y de la madre y/o tutores, sin percibir, ninguno de los dos, prestaciones o subsidios por este concepto: 1 punto.

(No es necesario la presentación de ningún documento, la Administración recabará esta información)

      Condición de refugiado político: 1 punto.

(Documento facilitado por el Ministerio del Interior)

      Hijo de familias monoparentales: 1 punto.

(Dicha condición deberá quedar fehacientemente acreditada por medio del título de familia monoparental.

      Condición de toxicómano, de alcohólico o recluso en un centro penitenciario, por parte del padre o de la madre (por una o varias de estas condiciones): 1 punto.

(Certificado del director del centro penitenciario o certificado acreditativo expedido por un médico

      Familia numerosa de cualquier categoría: 1 punto.

(Título o carnet de familia numerosa en vigor o libro de familia.

-Discapacidad física o psíquica de algún miembro unidad familiar igual o superior al 33% : 1 punto.

(Certificación de reconocimiento de grado de discapacidad, emitida por la Consellería competente en materia de bienestar social).

      Orfandad absoluta: 2 puntos

(Se acreditará mediante el libro de familia o certificado de Registro Civil).

BENEFICIARIOS DIRECTOS:

      Alumnado que tenga la condición de huérfano absoluto o se encuentre en situación de acogimiento, ya sea en residencia o familia, así como los hijos o hijas de familias acogedoras.

      Los hijos e hijas de víctimas de violencia de género.

      Las víctimas del terrorismo.


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

      A) ALUMNADO QUE YA SOLICITÓ LA AYUDA DE COMEDOR EL CURSO 2017-2018: Los padres solicitarán en el Centro un borrador de solicitud de ayuda, donde constan pregrabados los datos que ya obran en poder de la Administración. Si los solicitantes están conformes con el borrador, deberán de firmarlo y presentarlo en el centro en el cual estén matriculados sus hijos durante el curso 2018-2019. En estos casos, no habrá que aportar ninguna otra documentación justificativa.

      B) ALUMNADO QUE EN EL CURSO 2017-2018 NO SOLICITÓ LA AYUDA: Cumplimentarán el anexo I de solicitud. Además:

      1 Fotocopia compulsada del DNI/NIF/PASAPORTE o NIE (Número de Identificación de Extranjero) de los solicitantes (padres, tutores o similar), así como fotocopia compulsada del DNI del alumno/a si dispone del mismo.

      1 Fotocopia compulsada del libro de familia (entero) en que aparezcan tanto los padres como los hijos que se consideren miembros de la unidad familiar al efecto de la convocatoria.

      Otra documentación compulsada, detallada en apartados anteriores, que resulte necesaria para acreditar la composición de la unidad familiar, la renta familiar y aquellos datos socio-familiares que son tomados en consideración para la concesión o, en su caso, baremación de la solicitud. La documentación será el original y una copia que será compulsada por el personal receptor.


PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

DEL 14 de JUNIO   AL 2 DE JULIO

LUGAR:

En la secretaría del centro.

DE LUNES A VIERNES DE 10 a 12 h.

AL PULSAR EN EL ENLACE PUEDEN DESCARGARSE LA SOLICITUD: FORMULARIO SOLICITUD BECAS DE COMEDOR 2018-19.

Las solicitudes deberán ser firmadas obligatoriamente por el padre y la madre o nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación o por los tutores, siempre que convivan con el alumno, y que presente la documentación requerida.

CUANDO LA CONSELLERIA RESUELVA, PUBLICAREMOS EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS DEL CENTRO EL LISTADO DE LOS BENEFICIARIOS Y NO BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS SOLICITADAS.

LA DIRECCIÓN DEL CENTRO

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